Estimados (as):

ABOGADOS Y NOTARIOS PÚBLICOS

El Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial por medio de la Dirección General Centralizadora de la Información y Prevención (DGCIP), comunica a todos los Abogados y/o Notarios Públicos debidamente autorizados e incorporados ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, que realicen, autoricen, participen, intervengan o se dispongan a realizar transacciones, operaciones o servicios para o por cuenta de sus clientes, relativas a las siguientes actividades:

a) Compra y venta de bienes inmobiliarios;
b) Administración del dinero, valores u otros activos del cliente;
c) Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores;
d) Organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas;
e) Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales;

Que en su calidad de Sujetos Obligados, deberán registrarse ante la DGCIP mediante el llenado del formulario que se detalla a continuación.

Lo anterior de conformidad con el art. 4 de la Normativa PLA/FT/FP aprobada por el CNACJ mediante Acuerdo No. 451, del 25 de Septiembre de 2019; así como el artículo 9, numeral 4 de la Ley 977 “Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”; sus reformas y adiciones, y artículo 10 de la Ley 976 “Ley de Unidad de Análisis Financiero”, sus reformas y adiciones,

Debe tener a mano la información requerida y deberá seguir los pasos que se solicitan haciendo clic en [CONTINUAR]. Asimismo, se les hace saber que el formulario antes referido lo deberán presentar en ORDICE más cercana a su domicilio y acreditarse con su carné de Abogado y/o Notario Público.




Requisitos: Leer Acuerdo 451 del 25 de septiembre del año 2019.